4 de febrero de 2026 · 3 min de lectura
Extintores y protección contra incendios: lo obligatorio en tu edificio
¿Está tu comunidad obligada a tener extintores? Casi seguro que sí — y la revisión anual no es opcional.
Lo básico obligatorio
La normativa (CTE y reglamento de instalaciones de protección contra incendios) exige en edificios de viviendas, con carácter general:
- Extintores en zonas comunes (uno cada 15 m de recorrido en plantas con riesgo; siempre en garaje y cuartos de instalaciones).
- Alumbrado de emergencia en recorridos de evacuación.
- En garajes: según superficie, además bocas de incendio, detección y ventilación.
Edificios antiguos se rigen por la norma de su época, pero garaje y calderas deben estar protegidos igualmente.
Mantenimiento
- Revisión anual por empresa mantenedora habilitada (te dejan la etiqueta y el certificado).
- Retimbrado del extintor cada 5 años; vida útil máxima, 20.
Cuánto cuesta
La revisión anual de una comunidad pequeña (4–8 extintores + emergencias) ronda 80–200 €. Es de los gastos más baratos de asumir y de los más caros de no tener: en un siniestro, el seguro pregunta por los certificados.
El detalle práctico
Apunta la fecha de revisión y el vencimiento del retimbrado con las demás fechas de la comunidad — es la típica obligación que se olvida tres años seguidos.
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