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4 de febrero de 2026 · 3 min de lectura

Extintores y protección contra incendios: lo obligatorio en tu edificio

¿Está tu comunidad obligada a tener extintores? Casi seguro que sí — y la revisión anual no es opcional.

Lo básico obligatorio

La normativa (CTE y reglamento de instalaciones de protección contra incendios) exige en edificios de viviendas, con carácter general:

  • Extintores en zonas comunes (uno cada 15 m de recorrido en plantas con riesgo; siempre en garaje y cuartos de instalaciones).
  • Alumbrado de emergencia en recorridos de evacuación.
  • En garajes: según superficie, además bocas de incendio, detección y ventilación.

Edificios antiguos se rigen por la norma de su época, pero garaje y calderas deben estar protegidos igualmente.

Mantenimiento

  • Revisión anual por empresa mantenedora habilitada (te dejan la etiqueta y el certificado).
  • Retimbrado del extintor cada 5 años; vida útil máxima, 20.

Cuánto cuesta

La revisión anual de una comunidad pequeña (4–8 extintores + emergencias) ronda 80–200 €. Es de los gastos más baratos de asumir y de los más caros de no tener: en un siniestro, el seguro pregunta por los certificados.

El detalle práctico

Apunta la fecha de revisión y el vencimiento del retimbrado con las demás fechas de la comunidad — es la típica obligación que se olvida tres años seguidos.

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