Dommiva
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8 de febrero de 2024 · 3 min de lectura

¿Puedo negarme a ser presidente?

La respuesta corta que nadie quiere oír: el cargo es obligatorio. La ley lo dice expresamente. Pero hay matices.

La regla

El nombramiento (por turno, sorteo o elección) obliga. No vivir en el edificio no exime; ser propietario es lo que cuenta.

Las salidas legales

  • Relevo judicial: dentro del mes siguiente al nombramiento, puedes pedir al juez que te releve alegando causa justificada (edad avanzada, enfermedad, ausencia prolongada, cargas familiares acreditadas). El juez decide y, si te releva, designa el sistema para el sustituto.
  • Acuerdo interno: mucho más práctico — buscar en la propia junta un voluntario o un intercambio de turno ("me lo salto ahora y lo asumo el año que viene"). La mayoría de "no puedo" se resuelven así.

Lo que no funciona

Ignorar el cargo. El presidente que no ejerce sigue siendo responsable legal de la comunidad — el peor de los mundos: las obligaciones sin el control.

La reflexión honesta

Gran parte del miedo al cargo es miedo al desorden: heredar papeles, cuentas confusas y broncas. En una comunidad con las cuentas claras, las actas accesibles y la gestión ordenada, el cargo rota sin drama — y hasta hay voluntarios.

Deja de leer sobre gestionar. Pruébalo.

Entra en una comunidad de ejemplo con todo funcionando y tócalo tú mismo.

Sin registro. Un clic y estás dentro.
¿Puedo negarme a ser presidente? — Dommiva